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​​​​​​​​​​​​​​​​Formación Dual​​



  • Es una modalidad educativa que te permite formarte en dos ámbitos de aprendizaje: 

  • • ​Es una estrategia educativa que favorece el proceso de aprender haciendo, se realiza en alternancia en dos ambientes de aprendizaje: un centro educativo y una empresa. Compartiendo beneficios, tiempo y responsabilidades.

  • • Los programas de formación dual tienen propósito de dotar a las personas estudiantes de las competencias requeridas por el sector empleador y aquellas que potencien su desarrollo personal y profesional, así como su integración a la sociedad.

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  • ​Los tres principales participantes en la formación dual son: la persona estudiante, el INA y la empresa.

  • • La empresa: que desee, de manera voluntaria, formar parte de la formación dual, deben seleccionar personas mentoras de su empresa y darles tiempo para participar en el proceso formativo. Además, contar con la infraestructura y recursos para recibir personas estudiantes, con el fin de que la formación se realice en un ambiente de aprendizaje bajo condiciones reales. Por último, suscribir un convenio con el INA, adquirir una póliza especial para las personas estudiantes, realizar los aportes al Fondo Especial de Becas de la EFTP y estar al día con las obligaciones sociales y tributarias. Las PYMES pueden participar en los programas de dual, y están exentas del aporte al fondo becas.

    - La persona mentora: es la persona trabajadora de la empresa que facilita el desarrollo del programa dual, bajo condiciones reales o simuladas de producción en la empresa, que cuenta con el perfil técnico establecido por INA y la capacidad docente para ejecutar programas educativos duales. Debe llevar una capacitación corta impartida por el INA.

  • • El INA: cuenta con personal calificado, equipo e infraestructura adecuados para el desarrollo de los programas dual, selecciona en conjunto con la empresa a las personas estudiantes, otorga becas a todas las personas estudiantes estén matriculadas​.

    - La persona estudiante: es quien desarrolla competencias por medio de los programas de formación dual.
    - La persona docente: Persona funcionaria del centro educativo que acompaña técnica y metodológicamente a la persona estudiante en todo el proceso de educación en el centro educativo y coordina, con la persona mentora de la empresa, diferentes actividades de formación y evaluación​.

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  • ¿Cómo particitar?

  • Las empresas interesadas pueden participar escribiendo al correo electrónico: GestionRegionalSede@ina.ac.cr

    Las candidatas que quieren ser estudiantes pueden llamar al centro de atención. Teléfono: 2210-6060.

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  • Contacto

  • Las empresas interesadas pueden participar escribiendo al correo electrónico: GestionRegionalSede@ina.ac.cr

    Las candidatas que quieren ser estudiantes pueden llamar al centro de atención. Teléfono: 2210-6060.

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  • Videos

  • Caso de Éxito: Westin Reserva Conchal.​

  • Protocolo INA-CICR Formación Dual

     
  • Formación Dual - Pozuelo

     
  • Formación Dual -​ Pozuelo

     
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  • Reglamento General de Apoyos Económicos para el Bienestar Estudiantil del INA. ​VER PDF
  • Reglamento personas participantes. ​VER PDF
  • ​Reglamento General Ley 9728. ​VER PDF
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  • ​Es un beneficio otorgado a las personas estudiantes de la Educación y Formación Técnica (EFTP) Dual, matriculadas en cualquier centro educativo público o privado que cuente con programas educativos acreditados por el INA; la beca es para atender gastos tales como: transporte, alimentación, vestimenta. Asimismo, se pueden solicitar ayudas económicas para reubicación geográfica, costos de formación o ayudas técnicas adicionales en caso de discapacidad. Los beneficios se podrán adjudicar, una vez los requisitos establecidos sean cumplidos y verificados por el INA.
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  • Paso a paso
  • 1- Una vez completado el proceso de matrícula, le llegará a su correo personal la notificación de apertura de cuenta correo de Office 365 por parte del INA, la cual deberá utilizar para hacer el trámite de solicitud. Debe resguardar el usuario y contraseña suministrado.
    2- A este correo le llegará el acceso de solicitud de beca para formación dual.
    3- Debe seguir el proceso señalado en el correo y en las indicaciones de la solicitud.
    4- Preste mucha atención a los tiempos señalados para cada trámite.
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  • Requisitos para optar por una beca
  • 1- Ser estudiante de un centro educativo público o privado en la modalidad de formación dual.
    2- Contar con un convenio de matrícula con la institución educativa en la modalidad de formación dual.
    3- Contar con documento de identificación vigente.
    4- Presentar y completar el proceso de solicitud de beca dual ante el INA.
    5- Únicamente para personas menores de edad: presentar cuenta IBAN (activa) del Banco de Costa Rica           (BCR) a nombre de la persona estudiante​.
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  • ¿Qué beneficios puedo solicitar?
  • 1- Beca para la Educación y Formación Técnica Dual: Con ello podrá cubrir los gastos de alimentación, transporte e indumentaria requerida para la formación (uniformes).
    2- Ayuda económica para hospedaje: Se brinda cuando se requiera su reubicación geográfica para facilitar la cercanía al centro de estudio. 
    3- Ayudas técnicas adicionales: Este beneficio es exclusivo para personas cuya discapacidad es limitante para continuar con el servicio de capacitación y necesita un apoyo específico.
  • ¿Por cuánto tiempo puedo mantener la beca?
  • 1- Por el tiempo que dure el programa de capacitación en el que se matriculó.
  • ¿Por cuáles razones podría perder la beca?
  • 1- Por retiro justificado o injustificado de la capacitación.
    2- Por reprobación del servicio de capacitación.
    3- Por utilizar la beca con otros fines diferentes para los que le fue otorgada.
    4- Por no dar información clara y verdadera durante el trámite de la beca.
    5- ​Por incumplimiento del reglamento y normativa del centro educativo o empresa donde curse el programa de formación dual.
  • ¿Quienes pueden solicitar la beca de Formación Dual?
  • 1- Toda persona debidamente matriculada en un programa educativo en un centro público o privado bajo la modalidad de Formación Dual​.
    2- Ser mayor de 15 años.
    3- Que cumpla con todo el proceso de trámite de solicitud de beca.
  • ¿Dónde puedo solicitar una beca de Formación Dual?
  • 1- La beca será tramitada por el INA a través del Servicio de Trabajo Social, por medio de sistemas informáticos institucionales.
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  • La empresa formadora
  • La Formación Profesional Dual es una estrategia nacional que contribuye al desarrollo del talento humano con las competencias requeridas para impulsar la competitividad de los sectores productivos; para ello, la participación de las empresas en la identificación de necesidades, la planificación, la ejecución y la evaluación de la implementación de los programas de formación dual es indispensable.​

    Empresa: persona física o jurídica que desee, de manera voluntaria, formar parte del proceso de la EFTP dual y que cuenta con personal calificado, con la capacidad en infraestructura y recursos para recibir personas estudiantes y que adquiere la obligación de brindar una formación y capacitación en el ambiente de aprendizaje real.

  • ¿Existe una relación laboral entre la persona estudiante y la empresa formadora​?
  • La relación entre la persona estudiante y la empresa formadora es una relación de Enseñanza aprendizaje, no existe una relación laboral. Cabe la excepción cuando la empresa desarrolle el programa dual para sus colaboradores/as, en este caso existe un doble rol por ser personas estudiantes-trabajadoras.

    Para ser estudiante de la EFTP, en la modalidad dual, se requiere cumplir con los requisitos establecidos para el ingreso de los centros educativos en concordancia con el marco jurídico que los regula y a partir del nivel uno del Marco Nacional de Cualificaciones de la Educación ​Técnica y Formación Profesional.

    Al solicitar criterio a la Asesoría Legal al respecto, en oficio ALEA-537-2021 indica: “... una vez que los trabajadores de una empresa concretan un proceso de matrícula en un servicio de formación o capacitación brindado o no por el INA para participar en un programa de formación dual, estos trabajadores enfrentaran 2 situaciones: una como trabajador de la empresa con los derechos y obligaciones que se establecieron en los contratos de trabajo suscritos con sus respectivos patronos, y otro como estudiantes de los servicios de capacitación y formación en la modalidad dual y bajo cuya nomenclatura deberán ajustarse -en un todo- a lo establecido en Ley de Educación y Formación Técnica Dual, Ley N° 9728 y su reglamento. (el subrayado no es del texto original).

    Debido a lo anterior cuando un trabajador de una empresa recibe la aprobación por parte de su patrono para matricular un programa de formación dual, indistintamente del lugar en que lleve este y aunque sea en su propia empresa, deberá el patrono sujetarse a lo establecido en la Ley de Educación y Formación Técnica Dual, Ley N° 9728 particularmente lo establecido en los numerales 22 y 26 este último en referencia al deber de cancelar el aporte económico exceptuando de éste a las pequeñas y medianas empresas por las condiciones que la propia normativa establece como excepción, siendo enfáticos de que lo anterior se da, por el estatus de estudiante de la persona y no de trabajador. Lo anterior resulta concordante con lo que el canon legal 24 del mismo marco legal establece: “Cualquier disposición que se pacte en contra de esta ley y que vaya en detrimento de las personas estudiantes y sus derechos será nula e inválida.”

    Por otro lado, cuando un trabajador ingresa a los programas de formación dual como estudiante tendrá derecho a solicitar una beca según lo señalado en los artículos 1 y 2 de la ley de educación y formación técnica dual, Ley N° 9728.”

    Es importante destacar que, además de obligación de las grandes empresas de realizar el aporte económico al fondo de becas, y el derecho de las personas trabajadoras a recibir la beca por su status de estudiantes; se debe definir muy bien con la empresa y la persona trabajadora estudiante, la obligación de estas últimas a cumplir con todas las obligaciones de su condición de estudiante; entre estas la normativa institucional y el cumplimiento de los periodos de ​​alternancia y horarios establecidos, tanto en el INA como en la Empresa.

  • ¿La empresa formadora está obligada a contratar a las personas egresadas que forma bajo la ​modalidad dual?
  • La inserción laboral al final del periodo de formación es una condición deseable, mas no obligatoria. Las empresas no tienen la obligación de contratar a las personas egresadas, así como las personas egresadas tampoco tienen la obligación de trabajar para la empresa formadora.
  • ¿Quienes pueden solicitar la beca de Formación Dual?
  • 1- Toda persona debidamente matriculada en un programa educativo en un centro público o privado bajo la modalidad de Formación Dual​.
    2- Ser mayor de 15 años.
    3- Que cumpla con todo el proceso de trámite de solicitud de beca.
  • ¿Dónde puedo solicitar una beca de Formación Dual?
  • 1- La beca será tramitada por el INA a través del Servicio de Trabajo Social, por medio de sistemas informáticos institucionales.
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  • Beneficios para empresas
  • 1- Optimiza la inversión de recursos en reclutamiento y selección de recurso humano.
    2- Tiene la posibilidad de seleccionar a las personas candidatas idóneas para su organización.
    3- Reduce la curva de aprendizaje de las personas contratadas posterior al proceso formativo.
    4- Puede contratar talento humano formado según sus procesos, y condiciones, así como su cultura organizacional.
    5- Aporta al desarrollo socioeconómico del país, mejorando la empleabilidad de la población joven.
    6- Propicia una articulación con el sector educativo para adecuar la oferta a las necesidades reales​.
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  • ¿Cómo participar?
  • a. Aplicar los programas educativos de la EFTP dual, de conformidad con el marco jurídico que los regula.
    b. Disponer de las condiciones mínimas y los recursos necesarios requeridos en el programa educativo, de acuerdo con el estándar de cualificación, los cuales serán definidos y verificados por el centro educativo correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13, inciso c) de la Ley N° 9728.
    c. Disponer del recurso humano certificado como persona mentora, de acuerdo con lo señalado en el apartado 9. La persona Mentora.
    d. En cuanto al acceso al espacio físico, se deberá de atender lo regulado en la Legislación, Convenciones y Normativa vigente, en relación con los derechos de las personas con discapacidad.
    e. Garantizar espacios para el desarrollo del aprendizaje de las personas estudiantes libres de discriminación y en el pleno cumplimiento de la Ley N° 7476, Ley contra el Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia.
    f. De conformidad con la Ley N° 9416, las empresas deberán encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias​​.
  • Con el fin de que los Centros educativos corroboren que la Empresa que va a desarrollar los procesos de EFTP Dual cumpla con los requisitos y lineamientos aquí establecidos, esta deberá aportar una declaración jurada donde, de conformidad con el artículo 318 del Código Penal, manifieste que cumple con los citados requisitos y lineamientos.​

    Los Centros educativos podrán realizar aleatoriamente visitas de inspección a la Empresa. Si producto de la visita se determina que la entidad faltó a la verdad a la hora de realizar la declaración jurada podrá proceder conforme a derecho.​​

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      • Descripción:

      • Desarrollar productos gráficos, identidad visual de marca, aplicaciones editoriales y comerciales, según objetivos del cliente, comunicación del mensaje específico, patrones socioculturales y conocimientos técnicos requeridos; atendiendo instrucciones de personal cualificado de un nivel superior, respondiendo por el trabajo asignado y actuando con ética a nivel personal,profesional y laboral.​

      • Duración Horas:

      • 1066

      • Contacto:

      • Núcleo Industria Gráfica

        ​Encargada Planeamiento y Evaluación: Sylvia Fernández Morales (sfernandezmorales​@ina.ac.cr​)

      • Descripción:

      • Desarrollar los procesos de impresión de diseños sobre sustratos, mediante los sistemas de impresión digital, offset, serigráfico y flexográfico, cumpliendo con los estándares de calidad, normas de salud ocupacional y parámetros técnicos establecidos en las órdenes de producción, manteniendo una actitud positiva para el aprendizaje y comunicándose en forma respetuosa y asertiva.​

      • Duración Horas:

      • 1600​

      • Contacto:

      • Núcleo Industria Gráfica

        ​Encargada Planeamiento y Evaluación: Sylvia Fernández Morales (sfernandezmorales​@ina.ac.cr​)

      • Descripción:

      • Emplear técnicas para la preparación y ejecución de los servicios de alimentos y bebidas, mediante la puesta a punto de las áreas de consumo, preparaciones elementales, servicio de vino en mesa, infusiones y emplatado, aplicando procedimientos de forma responsable y con orientación a la calidad, en cumplimiento de lineamientos establecidos por la organización, normativa vigente y en respuesta a las indicaciones dadas por el superior inmediato, así como la disposición para el trabajo en equipo, mediante la comunicación asertiva.​

      • Duración Horas:

      • 684​

      • Contacto:

      • Núcleo Turismo​

        ​Encargada Planeamiento y Evaluación: Marjorie Araya Morales (marayamorales​@ina.ac.cr​)

      • Descripción:

      • Preparar elaboraciones y decoraciones culinarias, de la cocina nacional e internacional, así como productos de panadería para restauración, eventos y banquetes, aplicando la normativa vigente y los procedimientos establecidos por la organización de forma responsable y con orientación a la calidad, responsabilizándose del trabajo asignado, en respuesta a las instrucciones dadas por su superior inmediato.​

      • Duración Horas:

      • 904​

      • Contacto:

      • Núcleo Turismo​

        ​Encargada Planeamiento y Evaluación: Marjorie Araya Morales (marayamorales​@ina.ac.cr​)

      • Descripción:

      • Realizar acciones que velen por el aseguramiento de calidad de los procesos y productos en la organización, según lo establecido en el sistema de gestión calidad, las prácticas de gestión de procesos, normativa y reglamentación vigente, atendiendo y cumpliendo las instrucciones brindadas por su superior inmediato, para el cumplimiento de la labor asignada y comunicándose de forma respetuosa.​

      • Duración Horas:

      • 698

      • Contacto:

      • Núcleo Comercio y Servicios​

        ​Encargada Planeamiento y Evaluación: Mónica García Murillo (mgarciamurillo​@ina.ac.cr​)

      • Descripción:

      • Emplear técnicas y métodos para la higienización, inventario, almacenamiento y organización de las áreas operativas de una cocina, así como el aprovisionamiento de materias primas, elaboraciones previas y preparaciones culinarias de la cocina fría y caliente, aplicando procedimientos y normativa vigente de forma responsable, con orientación a la calidad, disposición para el trabajo en equipo mediante la comunicación asertiva y en respuesta a las indicaciones dadas por su superior inmediato.​

      • Duración Horas:

      • 684

      • Contacto:

      • Núcleo Turismo

        ​Encargada Planeamiento y Evaluación: Marjorie Araya Morales (marayamorales@ina.ac.cr​)

      • Descripción:

      • Administrar las operaciones y recursos asignados del punto de venta: recursos humanos, financieros, equipos e infraestructura; en apego a las políticas y procedimientos de la organización, siguiendo instrucciones de un superior, con ética, responsabilidad y colaborando con un ambiente de sana convivencia.​

      • Duración Horas:

      • 432

      • Contacto:

      • Núcleo Comercio y Servicios

        Encargada Planeamiento y Evaluación​: Mónica García Murillo (mgarciamurillo@ina.ac.cr​)

      • Descripción:

      • Realizar la operación, control y seguimiento de equipos, materiales y procesos, aplicando herramientas básicas de producción y calidad de los productos y servicios, según procedimientos establecidos para el área de trabajo y normativa vigente, comunicándose de forma respetuosa, colaborando con un ambiente de sana convivencia y respetando las diferencias individuales.​

      • Duración Horas:

      • 683

      • Contacto:

      • Núcleo Comercio y Servicios

        Encargada Planeamiento y Evaluación​: Mónica García Murillo (mgarciamurillo@ina.ac.cr​)

      • Descripción:

      • Ejecutar procesos de mantenimiento predictivo, preventivo, correctivo, registro de variables de medición e instalación de la maquinaria y equipos industriales, según normativa de seguridad, ambiente, calidad y procedimientos técnicos, mostrando una actitud positiva para el aprendizaje, asimismo, coordinando con los integrantes del equipo para la solución de problemas.​

      • Duración Horas:

      • 1572

      • Contacto:

      • Núcleo Eléctrico

        Encargada Planeamiento: Floribeth Vargas Lobo (fvargaslobo@ina.ac.cr​)

      • Descripción:

      • Ejecutar el diagnóstico, mantenimiento predictivo, preventivo, correctivo, monitoreo, e instalación de la maquinaria y equipos industriales, según normativa de seguridad, ambiente, calidad y procedimientos técnicos, mostrando una actitud positiva para el aprendizaje, asimismo, coordinando con los integrantes del equipo para la solución de problemas.​

      • Duración Horas:

      • 1228

      • Contacto:

      • Núcleo Eléctrico

        Encargada Planeamiento y Evaluación: Floribeth Vargas Lobo (fvargaslobo@ina.ac.cr)

      • Descripción:

      • Mantener, reparar y modificar los sistemas mecánicos, eléctricos y electrónicos de los vehículos livianos, según normativa, reglamentación, especificaciones técnicas del fabricante, con autonomía, ética y responsabilidad en su desempeño, relacionándose de forma asertiva y propositiva, asimismo coordinando con personal cualificado soluciones viables a problemas dentro o fuera de la organización.​

      • Duración Horas:

      • 2552

      • Contacto:

      • Núcleo Mecánica de Vehículos

        ​Encargada Planeamiento: Diego Torres Moreno (dtorresmoreno@ina.ac.cr)

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  • Contacto​

  • Las empresas interesadas pueden participar escribiendo al correo electrónico: GestionRegionalSede@ina.ac.cr

    Las candidatas que quieren ser estudiantes pueden llamar al centro de atención. Teléfono: 2210-6060.

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  • Beneficios al estudiante
  • 1- Se forma en programas con demanda real en el mercado laboral.
    2- Mejora sus posibilidades de acceder a un puesto de trabajo.
    3- Se forma en el área técnica y además aprende sobre la cultura empresarial.
    4- Cuenta con beneficios como beca, póliza de riesgos y otros.
    5- El aprendizaje lo realiza con equipo e instalaciones con tecnología avanzada​.
    6- Adquiere experiencia en ambientes reales de trabajo lo que facilita su transición del ​ámbito educativo al mundo del trabajo.
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  • Reglamento General de Apoyos Económicos para el Bienestar Estudiantil del INA. ​VER PDF
  • Reglamento personas participantes. ​VER PDF
  • ​Reglamento General Ley 9728. ​VER PDF
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  • Herramientas de apoyo​
  • Docs​​
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  • Preguntas frecuentes​​
  • Docs​​
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  • Contacto​​​
  • Las empresas interesadas pueden participar escribiendo al correo electrónico: GestionRegionalSede@ina.ac.cr

    Las candidatas que quieren ser estudiantes pueden llamar al centro de atención. Teléfono: 2210-6060.

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  • Rol persona mentora
  • Persona mentora: persona trabajadora de la empresa formadora que facilita el desarrollo del programa de la EFTP dual, bajo condiciones reales o simuladas de producción en la empresa, que cuenta con el perfil técnico establecido por las instituciones u organizaciones mencionadas en el artículo 1 y la capacidad docente para ejecutar programas educativos duales; certificada por el INA o por personas físicas o jurídicas a las que se les ha acreditado, por parte del INA, sus condiciones técnicas y metodológicas para impartir capacitación a personas mentoras de empresas formadoras​​
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  • Curso Facilitación de la Educación y Formación Técnica Profesional Dual
  • Curso para persona mentora 
  • Curso para persona mentora Autoaprendizaje
  • Todos los cursos tienen cinco Unidades de Aprendizaje (UA):

    UA 1: Facilitación de la Educación y Formación Técnica (EFTP) Dual considerando su propósito, principios, características y el rol de los actores; en cumplimiento con el marco legal y normativo.

    ​Duración: 12 horas

    ​Capacidades:

    1. Mostrar interés por la participación activa en las diferentes actividades propuestas.

    2. Emplear los principios y características de la EFTP Dual para la facilitación del aprendizaje.​

    3. Cumplir con el marco legal y normativo vinculado a la EFTP Dual en el desarrollo de sus actividades como persona mentora.

  • UA 2: Interpretación de los elementos curriculares de los programas educativos o planes de estudios de la EFTP Dual​.

    ​Duración: 4 horas

    ​Capacidades:

    1. ​Admitir la importancia del establecimiento de buenas relaciones con las demás personas para el logro de metas comunes y la sana convivencia.

    2. Interpretar los elementos curriculares de los programas educativos o planes de estudios de EFTP Dual para la facilitación del aprendizaje en la empresa.​

  • UA 3: Administración de los instrumentos de apoyo y control para la EFTP Dual​.

    ​Duración: 8 horas

    ​Capacidades:

    1. ​Tomar conciencia de la importancia de comunicarse asertivamente en situaciones interpersonales.

    2. Administrar instrumentos de apoyo y control para la EFTP Dual para el mejoramiento de la calidad del aprendizaje de la persona estudiante.​

  • UA 4: Aplicación de metodologías didácticas activas.

    ​Duración: 12 horas

    ​Capacidades:

    1. Cumplir con las obligaciones asignadas mostrando interés permanente por alcanzar altos niveles de calidad.

    2. ​Aplicar metodologías didácticas activas para la facilitación del aprendizaje en la EFTP Dual​.

  • UA 5: Evaluación de los aprendizajes en la EFTP Dual.

    ​Duración: 12 horas

    ​Capacidades:

    1. Mostrar disposición para trabajar con diversidad de personas para el logro de metas comunes.

    2. ​​Evaluar los aprendizajes en la EFTP Dual, administrando los instrumentos que aseguren la calidad del proceso formativo​.

  • A efectos de interpretar los siguientes numerales, se atenderá a la definición consignada en el inciso l) del artículo 4 de la Ley N° 9728. Asimismo, la persona mentora deberá contar con el siguiente perfil:
  • Formación Académica: Deberá tener como mínimo el Título de Bachiller en Educación Media o su equivalente​.
    Formación Técnica: Deberá tener un nivel de cualificación igual o superior al nivel de cualificación del Programa a ejecutar según el Marco Nacional de la Educación y Formación Técnica Profesional de Costa Rica- o un nivel o grado equiparable. A menos de que el centro educativo determine la necesidad de contar con un nivel superior..
    Experiencia en la especialidad técnica: La persona mentora deberá tener como mínimo 2 años de experiencia en funciones directamente relacionadas con las actividades formativas a desarrollar, según el programa de EFTP Dual..
    Diploma: ​Contar con el diploma otorgado por el INA o equiparado por esta misma institución, para ejecutar planes o programas de EFTP Dual​.​
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  • Requisitos de las Empresas y Centros de Formación para la empleabilidad interesada
  • ​Para el efectivo cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley N° 9728, las empresas o los centros de formación para la empleabilidad que impartan EFTP dual deberán ajustarse a los siguientes parámetros:
  • a. En cuanto al tema de acceso al espacio físico, se deberá de atender lo regulado en la Ley N° 7600, Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, y Ley N° 8661, Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de conformidad con el artículo 4 inciso i) y 23 de la Ley N° 9728 y normativa conexa.
    b. De conformidad con la Ley N° 9416, las empresas deberán encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias..
    c. Disponer de las condiciones mínimas y los recursos necesarios requeridos en el programa educativo, de acuerdo con el estándar de cualificación, los cuales serán definidos y verifica-dos por el centro educativo correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13, inciso c) de la Ley N° 9728.
    d. ​Garantizar espacios para el desarrollo del aprendizaje de las personas estudiantes libres de discriminación y en el pleno cumplimiento de la Ley N° 7476, Ley contra el Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia.
  • ​Con el fin de que los Centros Educativos corroboren que la Empresa o Centro de Formación para la Empleabilidad en el que se van a desarrollar los procesos de EFTP Dual cumplan con los requisitos y lineamientos aquí establecidos, deberán aportar una declaración jurada donde de conformidad con el artículo 318 del Código Penal, manifiesten que cumplen con los citados requisitos y lineamientos.

    ​Los Centros Educativos podrán realizar aleatoriamente visitas de inspección a la Empresa o Centro de Formación para la Empleabilidad. Si producto de la visita se determina que la entidad faltó a la verdad a la hora de realizar la declaración jurada podrá proceder conforme a derecho.
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  • Para el efectivo cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 22 de la Ley N° 9728, las empresas o los centros de formación para la empleabilidad que impartan EFTP dual deberán de ajustarse a los siguientes parámetros:
  • a. Comprobar que la persona mentora se encuentra certificada de conformidad con lo establecido en la Ley N° 9728..
    b. Mantenerse al día con todas las obligaciones obrero-patronales requeridas para su debido funcionamiento.
    c. De conformidad con la Ley N° 9416, las empresas deberán encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias..
    d. Prever los ajustes o medidas internas necesarias que requieran las personas mentoras para brindar el debido acompañamiento a las personas estudiantes, considerando lo pertinente en términos de turnos rotativos, ya sean diurnos, mixtos o nocturnos; permisos, vacaciones, y cualquier otra actividad que les demande tiempo a la persona mentora, sin que ello afecte el proceso formativo.
    e. Atender oportunamente cualquier tipo de situación de violencia, hostigamiento sexual, y discriminación en el espacio de aprendizaje y dar aviso al centro educativo de la persona estudiante.
    f. Cumplir con las solicitudes de información de las personas inspectoras de Leyes y Reglamentos de la Caja Costarricense del Seguro Social, que demuestre la relación existente entre la empresa y la persona estudiante, entre ella el Convenio para la EFTP dual y aquella otra que demuestre que forma parte del proceso de la EFTP dual vigente.
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  • IMPORTANTE
  • Como representante de una empresa interesada en iniciar un Programa Educativo Dual, primero se debe capacitar a las personas colaboradoras que se desempeñarán como mentoras, para ello se recomienda comunicarse con la Unidad Regional o Centro de Formación del INA más cercano para iniciar los trámites de matrícula y puedan aprobar el curso: Facilitación de la Educación y Formación Técnica Profesional Dual.​ Para ello se le sugiere consultar el documento: “Lista de Unidades Regionales y Centros de Formación y Centros de Formación" realizar las consultas respectivas.
  • Recuerde: si es un colaborador que desea ser una persona mentora, para realizar la matrícula, es necesario venir referido por la empresa en la cual usted labora o del Centro de Ejecución.
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  • Principios que rigen la Acreditación y Aval Técnico


    1. V​oluntariedad: ​ Disposición unilateral y libre de la persona física o jurídica para solicitar la acreditación de uno o varios de sus servicios, en observancia de las disposiciones establecidas en el presente reglamento.

    2. Temporalidad: La acreditación y aval técnico se otorgan por un plazo determinado que comprende de dos a cuatro años, pudiéndose otorgar por período completo o fracciones del mismo.

    3. Ética y responsabilidad: Es la actuación de la entidad interesada la cual deberá regirse por estrictos principios de ética y responsabilidad, tanto antes, durante y post desarrollo del servicio.

    4. Revocabilidad: La acreditación o aval técnico podrá revocarse al final del plazo o en cualquier momento, cuando la parte beneficiaria haya modificado negativamente las condiciones bajo las cuales se le concedió la acreditación y así se determine después de un debido proceso o cuando se presente una variación mediante leyes nacionales, que el INA deba acatar sin que se invoquen perjuicios.

    5. Transparencia:Acciones tendientes a rendir cuentas y garantizar el libre acceso a la información de interés público, utilizando los medios tecnológicos que faciliten el acceso a la información, con el fin de que la ciudadanía pueda ejercer un control de las acciones que realiza la Institución.​

    6. Pertinencia: Las solicitudes de acreditación deberán priorizarse según las necesidades del mercado laboral, con el fin de potenciar la empleabilidad de las personas y, con ello, mejorar sus condiciones de vida a través de la inserción laboral y/o su desarrollo en el empleo​.


  • Pasos para la acreditación​


    El trámite que debe realizar la persona física o jurídica para optar por el servicio de acreditación de los Servicios de Capacitación y Formación Profesional, en todas sus modalidades, así como la oferta educativa de la Educación y Formación Técnica Profesional Dual (EFTP Dual) será el siguiente:

    1. Presentar la solicitud de acreditación de acuerdo con los procedimientos y formularios del servicio de acreditación vigentes en el sistema de gestión de calidad, con la documentación requerida por la Unidad de Acreditación.

    2. En caso de solicitar Diseños Curriculares propiedad del INA, se deberá firmar el formulario de solicitud de dichos diseños.​

    3. Autorizar a la institución para la verificación de los datos consignados en el formulario de la solicitud de acreditación tanto al momento de la presentación, como en cualquier otro proceso posterior.

    4. Presentar declaración jurada propuesta en el formulario de la solicitud de acreditación sobre la certeza de todos los datos consignados.

    5. Establecer al menos dos medios por los cuales autorice el recibo de notificaciones.

    6. No podrán impartir servicios acreditados por el INA, las personas físicas que se encuentren con una sanción en firme debido a un incumplimiento del presente reglamento.

    7. ​Respecto al diseño curricular, presentar la documentación bajo uno de los siguientes supuestos:

      • -​​​​Cuando se trate de servicios que confieran un certificado de técnico y no otorguen una certificación internacional: Presentar documentación del diseño curricular con su sello de alineación con el estándar de cualificación, según lo establecido en el MNC-EFTP-CR, para los niveles 1, 2 y 3.
      • -Cuando se trate de servicios que no confieran un certificado de técnico: Presentar documentación del diseño curricular a acreditar.
      • ​​​​​​-​Cuando se trate de servicios que confieran una certificación internacional o de industria:​ Presentar documentación probatoria de que el centro, mediante el servicio a acreditar, confiere una certificación con reconocimiento internacional o de industria. Dicha certificación deberá estar validada por el INA con las entidades y sectores respectivos, para que se pueda otorgar la acreditación. No se acreditará por aquellas certificaciones que no hayan sido validadas​.


        • - Para el caso de los niveles de cualificación 1,2 y 3 del MNC-EFTP-CR, Presentar documentación del diseño curricular con su sello de alineación con el estándar de cualificación, según lo establecido en el MNC-EFTP-CR, para los niveles 1, 2 y 3. 

        • - Copia del Convenio suscrito entre la empresa y el centro educativo público o privado, según lo consignado en artículo 27 del Reglamento a la Ley de Educación y Formación Técnica Dual N.o 9728. 

        • - Para el caso de los niveles de cualificación 4 y 5 del MNC-EFTP-CR, y según se trate de una persona física o jurídica interesada en optar por el servicio de acreditación, también deberá contar con los siguientes requisitos, en atención al procedimiento que establezca el Instituto Nacional de Aprendizaje.

        • a) Certificación emitida por la Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras (DETCE) del Ministerio de Educación Pública, en la que se detalle el desarrollo por parte del centro educativo de los programas de estudio de Educación Técnica aprobados por el Consejo Superior de Educación, y de conformidad con los términos dispuestos en el artículo 14 de la Ley N.o 9728, Ley para la Educación y Formación Técnica Dual.

        • b) Copia del Convenio suscrito entre la empresa y el centro educativo público o privado, según lo consignado en artículo 27 del Reglamento a la Ley de Educación y Formación Técnica Dual N.o 9728.​

        • Cumplir con los requisitos detallados a continuación, en atención al procedimiento que establezca el Instituto Nacional de Aprendizaje:

        • a) Certificación de la autorización de los programas o planes de estudio de la Educación Superior Parauniversitaria dual, aprobados por el Consejo Superior de Educación, según se establece en el artículo 1 y lo dispuesto en el artículo 14 de Ley N.o 9728, Ley para la Educación y Formación Técnica Dual.

        • b) Copia del Convenio suscrito entre la empresa y el centro educativo público o privado, según lo consignado en artículo 27 del Reglamento a la Ley de Educación y Formación Técnica Dual N.o 9728.​

        • Cumplir con los requisitos detallados a continuación, en atención al procedimiento que establezca el Instituto Nacional de Aprendizaje:

        • a) Certificación emitida por parte de la Universidad Pública en la que se detalle el desarrollo por parte del centro de educación superior de programas o planes de estudio y de conformidad con los términos dispuestos en el artículo 14 de la Ley N.o 9728, Ley para la Educación y Formación Técnica Dual.

        • b) Copia del Convenio suscrito entre la empresa y el centro educativo público o privado, según lo consignado en artículo 27 del Reglamento a la Ley de Educación y Formación Técnica Dual N.o 9728.

        • Cumplir con los requisitos detallados a continuación, en atención al procedimiento que establezca el Instituto Nacional de Aprendizaje:

        • a) Certificación emitida por el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), en la que se detalle el desarrollo por parte del centro de educación superior privado de programas o planes de estudio y de conformidad con los términos dispuestos en el artículo 14 de la Ley N.o 9728, Ley para la Educación y Formación Técnica Dual.

        • b) Copia del Convenio suscrito entre la empresa y el centro educativo público o privado, según lo consignado en artículo 27 del Reglamento a la Ley de Educación y Formación Técnica Dual N.o 9728.​

        • Para el caso de la acreditación de oferta de servicios que sea impartida, de forma presencial, no presencial o mixta, por un Centro de Formación Internacional, estos deberán contar con una persona física o jurídica, legalmente constituida en Costa Rica, la cual les represente en calidad de apoderada, representante legal, socia, partner o por convenio, esta deberá ser la encargada de realizar el trámite de acreditación y facilitar los medios para cumplir con las disposiciones del reglamento.

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  • Solicitud de Acreditación


    Para trabajar su solicitud le invitamos a contactarnos y así poder completar en conjunto el siguiente formulario, en este trámite no tardaremos más de 20 minutos.​ 

    Formulario ​​FR UA 81​

    Antes de contactarnos por favor descargue el formulario.

    2210-6371, 2210-6622 o 2210-6515

    Dirección electrónica acredita@ina.ac.cr​


  • Entidades con servicios de capacitación acreditados


    Descargue el listado de las entidades aquí​​​

  • ​Cambio de Condiciones


    Descargue el documento  aquí

  • Reglamento para Acreditación


    Ver reglamento​ aquí

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  • Preguntas frecuentes​


      • La acreditación es un servicio otorgado por el INA tanto a personas físicas como jurídicas para que puedan ejecutar los servicios de capacitación y formación técnica reconociendo la calidad de este.

      • El Aval Técnico consiste en un visto bueno otorgado por la Gestión Rectora del SINAFOR, para aquella oferta previamente acreditada que, además, forma parte de las áreas específicas que la Gerencia General, o la Subgerencia que esta designe, defina como de atención prioritaria, según criterios técnicos y comportamiento del mercado laboral.

      • Los servicios que brinda el INA son gratuitos, lo único que debe cumplir son los requisitos que se solicitan para realizar dichos procesos (Acreditación y Aval Técnico).

      • Debe seguir los siguientes pasos: 

      • a) Acceder donde indica “Entidades” 

      • b) Descargar el listado de entidades de acuerdo con el sector productivo en el cual ejecutan sus servicios acreditados. .

      • La solicitud para el proceso de acreditación se realiza en el momento que la persona física o jurídica lo requiera, no existen plazos definidos.

      • El proceso de acreditación puede tardar un plazo máximo de 110 días naturales, en caso de que toda la información suministrada por el Centro de Formación resulte acorde a lo requerido, según el procedimiento.

      • Por un tiempo de 2 a 4 años y luego puede optar por la reacreditación.

      • Es un proceso que se da cuando la persona física o jurídica con servicios acreditados necesiten ampliar aspectos curriculares tecnológicos, de infraestructura o de recurso humano.

      • El servicio se regula mediante el Reglamento de Acreditación y Aval Técnico de los Servicios de Capacitación y Formación Profesional del Instituto Nacional de Aprendizaje.

      • Sí, es necesaria la firma de un contrato entre las partes involucradas, el mismo será proporcionado por la Unidad de Acreditación, una vez que se haya finalizado con éxito el proceso. Este contrato puede ser formalizado con firma digital. .

      • Al hablarse de Aval Técnico, se verifica que el servicio de acreditación postulado se encuentre: dentro de las áreas prioritarias establecidas a nivel país por la Gerencia General del INA, de tal manera que, genere empleabilidad y se alinee con la demanda laboral del país, así como que el mismo tenga un precio razonable, en concordancia con los montos que establece el INA. La calidad de este Servicio se garantiza de la misma manera que como se hace con el Servicio de Acreditación, ya que es un trámite adicional al primero, pero que permite ingresar a la lógica de Becas INA +capaz.

      • • Usar diseños curriculares no autorizados. 

      • • Uso indebido de logos INA. 

      • • Publicidad engañosa. 

      • • No tener la autorización del INA para reproducir la oferta del INA 

      • • Modificar la duración o contenidos de los servicios acreditados. 

      • • Irrespetar, hostigar sexualmente a las personas funcionarias del INA. 

      • • Suministro de información falsa. 

      • • Abandonar proceso de fiscalización. 

      • • Entre otras

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  • Contáctenos


    Si tiene alguna consulta o sugerencia puede comunicarse con nosotros a los teléfonos: 2210 6371, 2210-6622 o 2210-6515. También puede escribir al apartado 5200-1000, San José, o a la dirección electrónica ​uacreditacion@ina.ac.cr o bien con la persona asesora asignada.

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