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Relación con el Entorno.
Comité Consultivo de Enlace del
Instituto Nacional de Aprendizaje:
Creación
El INA en
el artículo 10 de la Ley Orgánica
establece que corresponde a la Junta
Directiva reglamentar el funcionamiento de estos órganos que son de interés
institucional empresarial y laboral.
Corresponderá a la Junta Directiva
aprobar la creación de los Comités, previa recomendación de la Presidencia Ejecutiva,
a propuesta de la persona responsable de Gestión Tecnológica.
Como esta
conformado.
Naturaleza
Los Comités son órganos
colegiados, de carácter consultivo, que coadyuvan a la consecución de los
fines institucionales, integrados por funcionarios del INA y representantes
de entidades externas.
Tipos de Comités
Habrá tres tipos de Comités: Sectorial o de Cúpula, Subsectorial y Regional.
El Comité de enlace de los Núcleos será Subsectorial.
Artículo
11.—Comités Subsectoriales.
Los comités subsectoriales son
órganos consultivos de los Núcleos Tecnológicos.
Habrá un Comité Subsectorial en cada
subsector económico, integrado por representantes de las organizaciones
empresariales y laborales del respectivo subsector, así como por
representantes de las instituciones públicas atinentes, por el jefe del
Núcleo y por el jefe de Unidad Regional en caso de que el Comité se conforme
en alguna Región.
La Subgerencia Técnica será integrante ex
oficio de todos los Comités Subsectoriales,
pudiendo delegar su representación en la persona responsable de la Gestión Tecnológica.
Artículo
12.—Integración y Asistencia.
Los Comités Subsectoriales estarán
compuestos por:
a.
Un mínimo
de tres integrantes que no pertenezcan al INA y un máximo de 5.
b.
El Jefe
del Núcleo quien preside.
El comité Subsectorial del Núcleo esta compuesto de la
siguiente manera:
Licenciada Ileana
Leandro, jefe de Núcleo.
Licenciado Jose Manuel
Hernando Echeverría, Café Montaña.
Licenciado Jorge
Larios Quesada, INOLASA.
Licenciado Bernardo
Monge Ureña, SENASA.
Licenciada Fany Levin
Picado, Ministerio de Salud.
Licenciado Orlando La
fuente Trejos de CNP.
Licenciado Andrés
Avalos, CACIA.
Artículo
14.—Funciones.
Los Comités Subsectoriales tendrán
las siguientes funciones:
a.
Proporcionar
información sobre las necesidades de capacitación del respectivo subsector.
b.
Sugerir
las normas técnicas de competencias laborales.
c.
Recibir
información por parte del Núcleo, sobre la oferta formativa y el plan de
acciones dirigido al Subsector a escala nacional.
d.
Hacer
recomendaciones para la formulación de lineamientos en materia de formación
profesional atinentes al subsector, que incluyan de manera explícita, sin
hacer discriminación alguna de género, raza o capacidad funcional.
e.
Mantener
informado al Núcleo, de la introducción de tecnologías que por su naturaleza,
generan cambios sustantivos, cualitativos y cuantitativos en los perfiles
ocupacionales de la especialidad.
f.
Analizar
y recomendar al Núcleo, cada vez que se estime necesario, la adecuación de
los programas de formación profesional, planes de estudio, y definición de
cursos, en cualquiera de las modalidades, procurando beneficios equitativos
entre las personas participantes de las acciones formativas.
g.
Proponer
y promover acciones de formación en las empresas como parte de sus políticas
de desarrollo en materia de recursos humanos, dando igualdad de condiciones y
oportunidades a todas las personas. También estimular la creación de unidades
de capacitación en las empresas.
Logros del Comité de Enlace del
Núcleo de Industria Alimentaria
-Plan
anual de trabajo de acuerdo a las necesidades del Sector de la Industria
Alimentaria.
-Atender
las demandas del sector de la Industria Alimentaria en forma directa.
-Diseñar
y validar la Oferta Formativa
(programas y cursos de acuerdo a las necesidades del Sector.
-
Estar a la vanguardia de las nuevas tendencias para la Innovación de
Nuevos productos con flujos de procesos más competitivos.
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