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Servicio de Acreditación: Servicio técnico, tecnológico y metodológico para el reconocimiento de los servicios de capacitación y formación profesional impartidos por personas físicas y jurídicas, sean públicas o privadas, de acuerdo a los estándares del INA.

 

Logo oficial que pueden utilizar las entidades con servicios acreditados una vez hecha la solicitud oficial y sea aprobada por  el INA :

 

PRESENTACIÓN

 

En concordancia con las disposiciones contenidas en nuestra Ley Orgánica Nº 6868 y las políticas dictadas por la Junta Directiva, el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) ha realizado un importante esfuerzo para poner en práctica  la Acreditación, con el propósito de cumplir con los siguientes fines:

 

“a)  Organizar y coordinar el sistema nacional de capacitación y formación profesional de todos los sectores de la actividad económica…”  (artículo 3 inciso a, Ley 6868).

 

“f)  Dictar cuando sea necesario y no corresponda a otras instituciones públicas, normas técnico-metodológicas que regulen los servicios de capacitación y formación profesional, que ofrezcan entidades privadas a título oneroso, así como velar por su aplicación” (artículo 3 inciso f, Ley 6868).

 

En acatamiento a lo anterior descrito, la Junta Directiva de  la Institución, en el artículo  V, de la sesión No.    4354, celebrada el 25 de agosto del 2008, aprobó el reglamento, mediante el cual se define y regula esta actividad. (Ver  pestaña de reglamento)

 

Es así que la Unidad de Acreditación se propone dar cumplimiento a lo dispuesto mediante la  definición de  los estándares de calidad de los servicios de capacitación y formación profesional de entes públicos y privados, dirigidos a la población costarricense, aplicando en todos sus extremos esta normativa.

 

Con mucho agrado el Instituto espera continuar velando por la prestación de estos servicios y mantener así a nivel nacional una cultura de calidad aplicada a la capacitación y formación profesional, para quienes se egresen de los procesos formativos de estos entes y por tanto  se vean beneficiados con la acreditación otorgada por el INA.  De esta manera los conocimientos adquiridos quedarán reconocidos con los niveles de cualificación con que opera la misma Institución.

 

Es así que la Unidad de Acreditación se propone dar cumplimiento a lo dispuesto mediante la  definición de  los estándares de calidad de los servicios de capacitación y formación profesional de entes públicos y privados, dirigidos a la población costarricense, aplicando en todos sus extremos esta normativa.

 

Con mucho agrado el Instituto espera continuar velando por la prestación de estos servicios y mantener así a nivel nacional una cultura de calidad aplicada a la capacitación y formación profesional, para quienes se egresen de los procesos formativos de estos entes y por tanto  se vean beneficiados con la acreditación otorgada por el INA.  De esta manera los conocimientos adquiridos quedarán reconocidos con los niveles de cualificación con que opera la misma Institución.

DEFINICIONES Y ABREVIATURAS

 

Para los efectos correspondientes se entenderán los siguientes términos como se detallan a continuación:

 

Beneficiario: Persona física o jurídica con representación legal de la entidad, con las facultades correspondientes, con servicios de capacitación y formación profesional acreditados. 

 

Contrato de Acreditación: Acuerdo suscrito entre la persona física o la entidad que presta servicios de capacitación y formación profesional acreditaos y el INA para regular las relaciones que demanda el servicio de acreditación, así como el alcance de la acreditación como tal.

Consejo de Acreditación: Órgano colegiado que tiene la facultad de resolver, suspender o revocar la acreditación de los servicios de capacitación y formación profesional que desarrollan terceros.

Diseño Curricular: Proceso técnico-metodológico por medio del cual se elaboran los perfiles profesionales, planes, programas, módulos, estructura de pruebas para certificación, material didáctico y se definen los recursos didácticos para la formación y la capacitación profesional.  Posibilita la organización lógica de los objetivos, los contenidos, las actividades y la evaluación de los aprendizajes.

Entidad interesada: Persona física o jurídica, pública o privada que somete sus servicios de capacitación y formación profesional al proceso de acreditación del INA.

Equiparación: Acción mediante la cual el INA, previo criterio técnico emitido por el Núcleo de Formación y Servicios Tecnológicos competente, declara que el contenido curricular de la asignatura, materia, módulo o cualquier otra unidad curricular, que fue aprobada por la persona solicitante, en el INA o cualquier otra institución de educación formal o no formal, nacional o extranjera, debidamente reconocida en el país, posee al menos un 85% de similitud de los contenidos con un módulo propio de la oferta formativa del Núcleo respectivo. 

Especialista externo: Persona con formación técnica-docente que no labora para el INA, el cual debe responder a un perfil profesional definido por el Núcleo de Formación y Servicios Tecnológicos atinente, producto de una contratación realizada de acuerdo a la necesidad existente, que no puede ser suplido por el personal de planta del INA.

Especialista interno: Persona con formación técnica-docente que labora para el INA y que debe ser designado por el Núcleo de Formación y Servicios Tecnológicos atinente, con la competencia técnica requerida.

Evaluación para la acreditación: Estudio que permite analizar las condiciones técnicas, tecnológicas y metodológicas bajo las cuales se desarrollan los programas y módulos correspondientes a los servicios de capacitación y formación profesional que son sometidos al proceso de acreditación, definidos por el Núcleo de Formación y Servicios Tecnológicos atinente.

Panel de Especialistas: Grupo de personas internas o externas al INA con atinencia y experiencia técnica y metodológica, facultadas para realizar evaluaciones de servicios de capacitación y formación profesional que son sometidas al proceso de acreditación por las entidades interesadas, asimismo facultados para realizar la supervisión de dichos servicios que fueron acreditados.

 

 

Proceso de Acreditación: Conjunto de procesos que se llevan a cabo, para determinar si se otorga o rechaza, se renueva o revoca la acreditación de servicios de capacitación y formación profesional otorgada.

Programa de formación o capacitación profesional: Agrupación de los módulos requeridos para la formación de una figura profesional, según el nivel de competencia requerido en el mercado del empleo.  Puede ofrecer salida certificable intermedias o final.

Recomendación de carácter obligatorio: Mandato a cumplir por la entidad, producto del proceso de evaluación y fiscalización, previo a la resolución a adoptar por el Consejo de Acreditación.

Resolución: Acuerdo adoptado por el Consejo de Acreditación, producto del estudio de evaluación, prórrogas, revocatorias o suspensiones del beneficio de acreditación.

Servicio de capacitación y formación profesional: Conjunto de acciones y productos técnicos, tecnológicos, metodológicos y curriculares derivados de la identificación de necesidades y requerimientos de los clientes. Por su naturaleza, y para los efectos de la acreditación se clasifican en: a) planes y programas de formación y b) módulos específicos de capacitación.

Servicio de Acreditación: Servicio técnico, tecnológico y metodológico para el reconocimiento de los servicios de capacitación y formación profesional impartidos por personas físicas y jurídicas, sean públicas o privadas, de acuerdo a los estándares del INA.

Unidad de Acreditación: Unidad responsable de coordinar, administrar y ejecutar las actividades relacionadas con el Sistema de Acreditación de la Institución, para poder reconocer oficialmente que las personas físicas y las personas jurídicas, sean públicas o privadas, satisfacen elevados estándares de calidad.

 

Etapas del proceso de acreditación

 

Beneficios que ofrece la acreditación:

 

*      Regula y eleva la calidad de las acciones de capacitación y formación profesional.

*    Garantiza solidez y credibilidad ante la sociedad en la capacitación que se imparte, bajo las normas de calidad que exige el Sistema de Acreditación.

*      La empresa es evaluada por un sistema que es reconocido internacionalmente por la calidad del servicio que ofrece.

 

 

 

 

Requisitos para optar por la acreditación:

 

*      Fotocopia de la cédula física o jurídica o personería jurídica.

*      Lista de dos grupos de egresados

*      Breve presentación de la empresa.

*      Aportar los documentados solicitados por el Sistema de Acreditación en las áreas de Estructura Curricular, Infraestructura, Mobiliario, Maquinaria y Equipo, Recurso Humano y Seguridad e Higiene Ocupacional. (Ver  pestaña en esta página)i

*      Si se dan servicios de formación en temas de programación de computadoras, software o similares, es obligación tener las licencias respectivas al día (Windows, word, excel, power point, AutoCAD, project, etc.)

 

Principios generales que rigen la acreditación:

 

 

*      Voluntariedad: la acreditación debe partir de la solicitud voluntaria de una empresa.

*      Experiencia: las empresas deben tener al menos dos graduaciones para los cursos que solicita acreditar.

*      Temporalidad: la acreditación se extenderá por un plazo que oscilará entre uno y tres años.

*      Renovabilidad: la acreditación podrá renovarse a solicitud de la empresa.

*      Revocabilidad: la acreditación podrá revocarse si la parte beneficiada modifica negativamente las condiciones bajo las cuales se le concedió la acreditación.

¿ QUÉ DEBE MEDIRSE EN LA PARTE ADMINISTRATIVA  UNA VEZ APROBADOS   LOS SERVICIOS DE CAPACITACIÓN Y  FORMACIÓN ACREDITADOS?

            ESTRUCTURA CURRICULAR

a)           Alumnos cumplen requisitos de ingreso.

b)           Se aplica el programa acreditado

c)           Se utiliza material didáctico aprobado

d)           Estructura de evaluación aprobada y comunicada.

e)           Registro de alumnos, docentes y acción Formativa.

 

II       VERIFICACIÒN INFORMACIÒN FÒRMULA DE MATRÌCULA.

a)           Instructores autorizados

b)           Fechas y horario reportados

c)           Verificación de alumnos matriculados.

 

III         INFRAESTRUCTURA, MOBILIARIO, MAQUINARIA, EQUIPO Y           SEGURIDAD E                                HIGIENE            OCUPACIONAL.

 

a)      Mobiliario suficiente para la cantidad de alumnos autorizados (15 por instructor)

b)      Mobiliario en buen estado

c)      Pizarra adecuada

d)      Salidas y puertas de acceso libres de objetos y materiales

e)      Pasos, pasillos, escaleras, rampas y plataformas en buen estado

f)       Instalaciones eléctricas en buen estado (tomacorrientes, enchufes, cables                            entubados)                     

g)      Iluminación adecuada

h)      Ventilación (natural o de a/c) adecuada

i)       Información visible sobre control de incendios y/o temblores

j)       Extintores suficientes y debidamente cargados

k)     Orden y limpieza en el lugar

l)        Señalización adecuada

m)    Licencias de uso software  para brindar capacitación en computo e informática.

n)      Espacio suficiente para movimiento

o)     Distancias de separación para movimiento cómodo y seguro

p)     2 m2 libres por cada estudiante

q)     altura mínima: 2,5 mts

r)      pisos al mismo nivel, no resbaladizos, resistentes, limpios

s)     rampas no mayores de 15°

t)      gradas con antiderrapantes

u)     paredes lisas, pintadas de tonos claros que favorezcan la visibilidad y el descanso

pasillos principales de 1,20 m; de 1 metro los secundarios, debidamente señalizados         libres de objetos y materiales.

v)    escaleras: ancho de huella 28 cms; peralte máximo de 18

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